REVELAR A QUIÉN LE CONDONÓ IMPUESTOS EL SAT VIOLA DERECHOS HUMANOS, DICEN EMPRESAS BENEFICIADAS
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Transparentar la información
sobre los impuestos perdonados por el Servicio de Administración Tributaria
(SAT) desde 2007 sería una violación de derechos humanos y garantías
individuales, según las empresas que se han beneficiado de este programa que se
mantiene en la opacidad.
Firmas como
Santander, BBVA Bancomer, General Motors, Grupo Carso, IBM de México, Grupo
Hérdez, Jafra de México, Liverpool o Procter & Gamble han interpuesto
amparos contra la decisión
de un juez de transparentar la información sobre este
programa de condonación que sólo en 2013 ascendió a 80 mil millones de pesos.
En sus amparos,
las empresas argumentan que transparentar la información sobre el destino de
esos recursos públicos violaría sus derechos humanos y garantías individuales
por la violación al secreto fiscal.
El SAT también
argumenta que el secreto fiscal es el que permite mantener la información en la
opacidad, mientras que las empresas aseguran que la orden del juez y las
múltiples decisiones del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la
Información (INAI) violan su derecho a “manifestar oposición a la publicación
de datos personales”.
“El INAI instruyó
al SAT a entregar los datos personales de los contribuyentes a quienes se les
condonó o canceló un crédito fiscal en diversos periodos, sin considerar que el
nombre de los contribuyentes es un dato personal relativo a la vida privada
(…). El mismo INAI emite resoluciones que violentan lo señalado en el artículo
16 de la Constitución”; señala uno de los amparos.
Las empresas
indican que se violan también los derechos humanos a la audiencia previa y al
debido proceso; y a la protección de datos personales.
El INAI ha
determinado una veintena de veces que los datos sobre condonación fiscal no
deben estar sujetos al secreto fiscal ni a los principios que argumentan tanto
el SAT como las empresas.
En su resolución,
el INAI indica que el SAT “está impedido para proporcionar acceso a la
información relativa a datos que aluden a la situación fiscal de cualquier
persona física y moral, que se ubique en el supuesto de cumplir con una
obligación tributaria, no menos cierto lo es que la propia norma dispone que
dicha reserva no aplica al nombre, denominación o razón social y clave del
registro federal de contribuyentes a los que se les hubiere condonado algún
crédito fiscal”.
En diversas
resoluciones, el INAI insiste en que el secreto fiscal “no se encuentra
diseñado normativamente como un principio o derecho fundamental, sino como una
regla o concesión (…)”.
Los comisionados
añaden que la cancelación de créditos fiscales es un acto discrecional del SAT
que, si bien no es contrario a la ley, sí debe estar sujeto a explicaciones que
permitan rendir cuentas a la sociedad.
“Se considera que
la transparencia en el ejercicio de las facultades discrecionales del Servicio
de Administración Tributaria es un elemento para que la sociedad se informe y
evalúe el desempeño del sujeto obligado, así como las decisiones de la
autoridad y las opciones entre las que decidió”.
La conclusión de
la máxima autoridad del país en temas de transparencia es que la información
sobre créditos fiscales condonados y quiénes se beneficiaron del perdón en el
pago de impuestos es de interés público pues implican datos que afectan a la
sociedad mexicana tanto por los montos que deja de recibir el gobierno federal
como por los contribuyentes que no recibieron este beneficio.
La información que
se mantiene en la opacidad implica el destino de condonaciones de 35 mil
millones de pesos en 2007; o montos superiores a los 50 mil millones para los
años siguientes hasta 2016.
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