En el Diario Oficial de la Federación el dia 18 de Junio del 2018 se publico el Instructivo Normativo para la asignación de la Clave Única de Registro de Población (CURP).
- La novedad en este instructivo consiste en que se modifica el formato de la constancia de la CURP para incluir, entre otras cosas, el código QR para dispositivos móviles:
Los tipos de constancia previstos son:
1. Constancia de la CURP para
mexicanos.
a. Para mexicanos por
nacimiento
b. Para extranjeros
naturalizados
2. Constancia temporal de la
CURP para extranjeros
3. Constancia de la CURP para
extranjeros
a. Para el trámite ante la
COMAR
b. Para el trámite ante el
INM
4. Constancia de Homonimia
5. Constancia de no registro
a)
Constancia de baja de CURP por defunción
b)
Constancia de baja de CURP por defunción de mexicanos
c)
Constancia de baja de CURP por defunción de extranjeros
DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
DOF 11:47
El día de hoy 14 de junio del 2018, se publicó mediante el Diario
Oficial de la Federación decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CFF, DE LA LEY ADUANERA, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL Y DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS
DOF 7:03
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a
conocer el día de hoy (1 de junio) a través del Diario Oficial de la Federación
el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
del
- Código Fiscal de la Federación
- Ley Aduanera
- Código Penal Federal
- Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.
El presente Decreto entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, con las salvedades
previstas en los siguientes transitorios.
- ANEXO: CLIC AQUI
SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SUS ANEXOS 1-A Y 15.
NOTICIAS 6:58
El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer a través de su página de Internet, la nueva versión Resolución anticipada SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SUS ANEXOS 1-A Y 15.
- Transmisión de activos y pasivos de un establecimiento permanente en el extranjero.
- Transmisión de activos y pasivos resultantes de una orden proveniente de una autoridad federal.
- Procedimiento por el cual el contratante realiza la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral.
- Valor de la contraprestación en la transmisión de activos y pasivos resultantes de una orden proveniente de una autoridad federal.
ANEXO: CLIC AQUI
LISTADO GLOBAL DE PRESUNCIÓN DE CONTRIBUYENTES QUE SE UBICARON EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 69-B, PÁRRAFO PRIMERO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
DOF 7:20
El dia 22 de mayo del 2018, el Diario Oficial de la Federación dio a conocer el oficio 500-05-2018-13380 se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
- ANEXO: CLIC AQUI
LISTADO GLOBAL DE PRESUNCIÓN DE CONTRIBUYENTES QUE SE UBICARON EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 69-B, PÁRRAFO PRIMERO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
DOF 7:33
El dia 18 de mayo del 2018, el Diario Oficial de la Federación dio a conocer el oficio 500-05-2018-8182
mediante el cual se comunica listado
global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto
en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
- ANEXO: CLIC AQUI
CONOCES
LOS BENEFICIOS DE TENER TU REGISTRO
El registro de marcas permite a los
titulares tener ciertos privilegios sobre el nombre, logotipo, formas y
colores que representen a su compañía.
BENEFICIOS:
- Exclusividad sobre el uso y la propiedad de la marca.
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El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer a través de su página de Internet, la nueva versión Resolución anticipada SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SUS ANEXOS 1-A Y 15.
- Transmisión de activos y pasivos de un establecimiento permanente en el extranjero.
- Transmisión de activos y pasivos resultantes de una orden proveniente de una autoridad federal.
- Valor de la contraprestación en la transmisión de activos y pasivos resultantes de una orden proveniente de una autoridad federal.
- ANEXO: CLIC AQUI
El Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con 57
votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, aprobó en lo general y en lo
particular el pasado viernes, el dictamen con las observaciones y
modificaciones hechas a la nueva Ley de Vivienda, avalada por el órgano
legislativo, y en la que se elimina el término plusvalía.
Asimismo, destacó que
dicho proyecto legislativo se construyó con especialistas, académicos,
organizaciones de vivienda, la industria, vecinos organizados, el Banco
Interamericano de Desarrollo, ONU-Hábitat y el Banco Mundial.
La Asamblea Legislativa
blindó por más de un año a la Ley de Vivienda de señalamientos falsos y sin
fundamento, mediante un proceso inédito en donde todos fueron escuchados y en
el cual, por primera vez todas las fuerzas políticas representadas en esta
soberanía, incluida Morena, participaron e incidieron de manera positiva,
aseguró.
Dichas modificaciones a la
fracción 20 del artículo 26 para quedar de la siguiente forma:
Crear mecanismos para
combatir los procesos de acaparamiento, subutilización, acaparación de los
terrenos que tiendan a revertir a favor de la sociedad el valor generado por el
desarrollo y el crecimiento urbano.
Con respecto al artículo
94, se realizó una armonización de la Ley General de Asentamientos Urbanos, cuyo
ordenamiento quedó aprobado así:
El gobierno de la Ciudad
de México destinará los recursos recabados por concepto de mejoras, medidas de
mitigación e incrementos a la densidad por parte de empresas desarrolladoras,
al mejoramiento del espacio público, infraestructura urbana y, en general, al
entorno de la zona donde se llevó a cabo el desarrollo.
Para leer completo este articulo haga clic en el siguiente ENLACE
LISTADO GLOBAL DEFINITIVO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 69-B, PÁRRAFO TERCERO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
NOTICIAS 9:25
El Diario Oficial de la Federación dio a conocer el Oficio 500-05-2018-10788
mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que se encuentra en el LISTADO GLOBLA DEFINITIVO en términos del artículo 69-B, párrafo tercero del Código Fiscal de la Federación.
- ANEXO: CLIC AQUI.
PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SUS ANEXOS 1-A Y 23
NOTICIAS 9:12
El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer a través de su página de Internet, la nueva versión Resolución anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y su Anexo 1-A y 23, que contempla:
- Ampliación del plazo al 15 de mayo para la presentación de la declaración anual 2017 de personas físicas
- Saldos a favor del ISR de personas físicas.
- Cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral.
- Opción del pago del ISR diferido por concepto de pérdidas por enajenación de acciones, señaladas en el Artículo Segundo, fracción IX de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR para 2016
El
Servicio de Administración Tributaria informa que, derivado de las
inconsistencias encontradas en el llenado de los comprobantes de nómina y en
atención al interés de cumplir por parte de los contribuyentes, se amplía al 15
de mayo el plazo para presentar la Declaración Anual del Impuesto Sobre la
Renta, de las personas físicas, correspondiente al ejercicio 2017.
Este
año, por primera vez se utiliza la información directamente de los comprobantes
de nómina para prellenar los ingresos en la Declaración Anual bajo una lógica
de servicio; sin embargo, se identificó que algunos patrones presentaron, entre
otras, las siguientes inconsistencias: captura errónea de conceptos como primas
vacacionales, primas de antigüedad, ingresos por jubilación, separación e
indemnización, diferencias entre lo reflejado en comprobantes y lo pagado,
incongruencia entre los totales de los comprobantes y sus subtotales.
Desde
julio del año pasado, el SAT trabaja junto con los patrones sobre estas
inconsistencias, a fin de que los contribuyentes puedan declarar, lo que permitió
que miles corrigieran a tiempo. Sin embargo, existen todavía patrones que
inclusive en abril están ajustando los comprobantes de nómina que debieron
corregir a más tardar en los primeros días de enero.
En
tal virtud, y con el propósito de no afectar a las personas físicas obligadas a
declarar en abril, el SAT otorga la facilidad para que los contribuyentes
presenten su Declaración Anual sin actualizaciones ni recargos, hasta el 15 de
mayo.
Es
importante recordar que las personas físicas que perciben únicamente ingresos
por salarios de un solo patrón, no están obligadas a presentar declaración
anual, y si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier momento del año.
La
regla que da sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos
días de manera anticipada en el portal del SAT y después en el Diario Oficial
de la Federación.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación, con la que se pretende ampliar los plazos para los contribuyentes que puedan recibir notificaciones para justificar sus comprobaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El dictamen, proveniente de la Comisión de Hacienda, fue aprobado por 321 votos en favor, y fue remitido al Senado de la República para su codictaminación.
El dictamen, proveniente de la Comisión de Hacienda, fue aprobado por 321 votos en favor, y fue remitido al Senado de la República para su codictaminación.
Con la reforma al artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación que se presenta, se otorga certeza jurídica a los contribuyentes, garantizándoles su derecho de acreditar que las operaciones amparadas con esos comprobantes son reales, mientras que la autoridad puede centrar su atención en los contribuyentes que afectan el interés colectivo, dejando únicamente en la vía penal cuando hay un verdadero acto de simulación.
- ANEXO: CLIC AQUI
TIENES PROBLEMAS CON TUS DEVOLUCIONES ¿TODAVÍA NO SABES QUÉ HACER? LA SIGUIENTE INFO TE PUEDE SERVIR
NOTICIAS 7:56
¿QUÉ
HACER EN CASO DE TENER PROBLEMAS CON LA DEVOLUCIÓN DE TUS IMPUESTOS?
Estos son algunos de los casos más comunes que han dificultado la declaración y devolución de impuestos. Entérese de cómo proceder.
Ingresos no reconocidos
– Presente una queja en un escrito libre en el buzón tributario del SAT, con detalle de ingresos no reconocidos.
– Presente denuncia ante Prodecon, esto le servirá de antecedente al solicitar la devolución de impuestos.
– Presente su declaración de impuestos de manera manual.
Declaración en ceros
– Si no le aparecen ingresos ni deducciones en la declaración prellenada, tendrá que presentarla de manera manual.
– Adjunte los archivos XML de todos sus comprobantes de ingresos y deducciones personales.
Devolución parcial
– En su Buzón Tributario entre a trámites y elija Solicitud de Devolución.
– Llene los campos y redacte su solicitud del remanente de su saldo a favor.
– Adjunte los archivos XML de todos sus comprobantes de ingresos y deducciones personales. Haga una carpeta comprimida en formato ZIP no mayor a 4MB.
– Llene los campos y redacte su solicitud del remanente de su saldo a favor.
– Adjunte los archivos XML de todos sus comprobantes de ingresos y deducciones personales. Haga una carpeta comprimida en formato ZIP no mayor a 4MB.
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PRIMERA Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 y sus anexos 1, 1A, 21, 22, 27 y 31
NOTICIAS 8:28
El Diario Oficial de la Federación publico a través de su pagina web (www.dof.gob.mx), en donde dio a conocer la PRIMERA Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 y sus anexos 1, 1A, 21, 22, 27 y 31 en la cual contempla:
1.-Actualización de multas y cantidades que establece la Ley y su Reglamento (Anexo 2)
2.- Formatos de Comercio Exterior Contenido
- Si desea ver el contenido completo dé clic en la siguiente enlace: ENLACE
Las personas
físicas que ya presentaron su declaración anual de impuestos pueden
experimentar atrasos en la devolución de saldo a favor por parte del Servicio
de Administración Tributaria (SAT), a causa de errores contenidos en el rubro
de deducciones personales.
Para este año el tiempo promedio para las devoluciones
automáticas (sin errores) es de cinco días, mientras que las devoluciones
manuales pueden tardar hasta 180 días (seis meses), refiere la Procuraduría de
la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Otro error que puede
causar retrasos en la devolución es el pago en efectivo de servicios médicos,
ya que desde el ejercicio fiscal 2014 el SAT hizo obligatorio el pago con
tarjetas bancarias, cheque nominativo o transferencia electrónica para que sea
deducible.
También los pagos por
transporte escolar son deducibles, pero los contribuyentes, por error, suelen
poner "colegiaturas" en vez de "transporte", o viceversa.
En general, un error frecuente es poner rubros que no son deducibles.
Cabe destacar que para el ejercicio fiscal 2017, los gastos
por deducciones personales no deben rebasar 137,694 pesos anuales, que es
el equivalente a casi cinco Unidades de Medida y Actualización (UMAs) a valor
anual o el 15% del total de los ingresos de un contribuyente, debe seleccionar
el monto menor de estos dos, detalla información del SAT
- Para leer el articulo completó haga clic en el siguiente enlace: EXPANCION
Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y su Anexo 1-A
NOTICIAS 8:00
El Servicio de Administración
Tributaria dio a conocer la nueva versión anticipada de la Primera Resolución de
Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y su Anexo 1-A, que
contempla:
- Procedimiento para aclarar la presentación de pagos provisionales mensuales del ISR en cero.
- Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Saldos a favor del ISR de personas físicas.
- Medios electrónicos (e.firma y Contraseña) que sustituyen a la firma autógrafa.
- Cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral.
- Opción del pago del ISR diferido por concepto de pérdidas por enajenación de acciones, señaladas en el Artículo Segundo, fracción IX de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR para 2016.
ANEXO: ENLACE













