EL SAT SEÑALA QUE LOS LEGISLADORES NO EVADEN IMPUESTOS
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El Servicio de Administración
Tributaria (SAT) negó que los legisladores estén evadiendo impuestos por medio
de recursos otorgados para el desarrollo de sus funciones.
De haber alguna irregularidad
fuera del ámbito fiscal, las acciones de revisión le corresponderían a la
Auditoría Superior de la Federación, señaló el regulador.
La presencia de funcionarios del
brazo fiscal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) en la Cámara
de Diputados, la semana pasada, fue para atender una solicitud de confirmación
de comprobación de gastos que hicieron los legisladores, aclaró.
“No es que hayan estado
evadiendo, sino que simplemente querían confirmar el criterio de cómo venían
haciendo la comprobación”, dijo el administrador general Jurídico, Jaime
Eusebio Flores Carrasco. En entrevista con EL UNIVERSAL, el abogado del SAT
explicó que su presencia en San Lázaro fue porque él firmó el ocio con la
respuesta a dicha solicitud y no para un acto de fiscalización.
“No significa que estemos
ejerciendo acciones directas contra los legisladores, pueden entrar en una
generalidad en un ejercicio de comprobación del SAT”, puntualizó.
Fue una consulta que le
plantearon al SAT y en ese documento se le están otorgando ciertas facilidades
administrativas para 2017 que especifican cómo se puede obtener un comprobante
Fiscal Digital por Internet (CFDI) para acreditar o comprobar un gasto, matizó
Flores Carrasco.
El funcionario del organismo
regulador detalló que esa confirmación o respuesta de consulta, que está
formulada en términos del Código Fiscal de la Federación, se les está diciendo
a los legisladores (Congreso de la Unión o de las legislaturas de los estados)
que los apoyos y gastos legislativos no se consideran ingresos, pero sí tienen
que comprobarlos.
Jaime Eusebio Flores comentó que
también se les están dando facilidades a los legisladores para que puedan
comprobar los apoyos parlamentarios, pidiendo factura electrónica a su nombre.
Del caso de algunos diputados que
decidieron donar el bono que recibieron este año, el administrador general
Jurídico aseveró que se tiene que determinar ciertas características, pero
tendrían que pedir el comprobante digital y así no será necesario incluirlo en
su declaración de impuestos porque no es parte de su sueldo.
Sólo si no tiene la eFactura, se
considera como un ingreso. “La cantidad que ellos refieren como bono se tendría
que ver con qué carácter se les da: Si es aguinaldo, salario, cantidad por
atención ciudadana o asistencia legislativa y dependiendo de ese carácter es
cómo la tienen que acreditar ante la propia Cámara”, explicó.
Lo que sí estoy cierto es que si
esas cantidades las llega a revisar el SAT, forzosamente tendrá que solicitar
que se les acrediten la erogación con un CFDI, advirtió el abogado. Sin
embargo, si esa verificación no está en el ámbito fiscal, el funcionario del
SAT refirió que está la Auditoría Superior de la Federación como órgano
revisor. La Cámara por su parte, si les está dando una cantidad les tendrá que
pedir que lo comprueben porque de lo contrario, como ya se dijo, tendrán que
pagar el impuesto correspondiente.
“Necesitaríamos saber el carácter
en que se los da para efectos internos o ámbito fiscal, ahí no hay vuelta de
hoja porque tendría que ser a través de un CFDI y que acreditaran que la
ocuparon para lo que se le dio”, concluyó Flores Carrasco.
Abogados Tributarios en Aguascalientes
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