RETORNO DE CAPITALES
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La Secretaria de Administración Tributaria publico a través de su pagina web (www.sat.gob.mx) las Preguntas frecuentes sobre el retorno de capitales:
El retorno de recursos del extranjero es una facilidad fiscal para
personas físicas y morales que promueve el regreso a México de recursos
ubicados en el extranjero, con la finalidad de que se inviertan en actividades
benéficas para el país; para ello, se ofrece una tasa reducida de ISR del 8%
sobre el monto de los recursos que se retornen.
Es importante tomar en cuenta que aquellos contribuyentes que tienen
capital en el extranjero del cual en su momento pagaron ISR, solo deben
acreditar ese pago y el monto del 8% del ISR a que se refiere el Decreto, solo
aplicará por el capital del cual no se haya cubierto el impuesto.
Este esquema, que estará vigente durante seis meses contados a partir de
la publicación del decreto, está dirigido a personas físicas y morales
residentes en México y a residentes en el extranjero con establecimiento
permanente en el país, que hayan obtenido ingresos provenientes de inversiones
directas e indirectas, y que los hayan mantenido en el extranjero hasta el 31
de diciembre de 2016.
Para obtener este beneficio, el capital retornado deberá destinarse a
inversiones productivas como las que se enumerarán a continuación:
• Adquisición de bienes de activo fijo.
• Adquisición de terrenos y construcciones.
• En investigación y desarrollo de tecnología y exclusivamente a la
ejecución de proyectos propios del contribuyente que se encuentren dirigidos al
desarrollo de productos, materiales o procesos de producción para la
investigación y desarrollo de tecnología.
• El pago de pasivos que hayan contraído con partes independientes
con anterioridad a la entrada en vigor del decreto que otorga esta facilidad.
También se considerará dentro de este supuesto el pago de contribuciones o
aprovechamientos, así como el pago de sueldos y salarios derivados de la
prestación de un servicio personal subordinado en territorio nacional.
• En la realización de inversiones en México a través de
instituciones de crédito o en casas de bolsa, constituidas conforme a las leyes
mexicanas.
Los recursos deberán ser utilizados en la realización de sus actividades
en el país, sin poder enajenar los bienes o disminuir las inversiones, en 2
años.
Es importante señalar que el ISR que aplica en el retorno de capitales
deberá pagarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del
retorno de los recursos.
El retorno del
capital del extranjero a México es una oportunidad de crecimiento para sectores
específicos, contribuye a la generación de empleos para los mexicanos, y con él
se prevé un alza en la recaudación tributaria, por lo que genera ingresos que
se destinarán a sufragar el gasto público para blindar y fortalecer la economía
de nuestro país.
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