LA COMISIÓN INICIA EL TRABAJO PARA CREAR LA PRIMERA LISTA COMÚN DE LA UE DE JURISDICCIONES FISCALES NO COOPERADORAS
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La Comisión Europea avanza en el trabajo de elaborar
una primera lista común de la UE de jurisdicciones fiscales no cooperadoras
mediante la presentación de una evaluación previa («cuadro de indicadores») de
todos los terceros países, según unos indicadores clave.
Corresponde ahora a los Estados miembros de la UE
decidir qué países deberán ser sometidos a un examen más completo en los próximos
meses a fin de determinar con exactitud cuáles no juegan limpio en materia de
fiscalidad.
En enero de 2016, la Comisión puso en marcha un
proceso en tres fases con vistas a crear la lista común de la
UE, dentro del
programa general de la UE contra la evasión y la elusión fiscales. Una lista
común de la UE de jurisdicciones no cooperadoras tendrá mucho más peso que la
actual proliferación de listas nacionales a la hora de tratar con los países no
pertenecientes a la UE que se niegan a observar los estándares internacionales
de buena gobernanza fiscal. Una lista de la UE también evitará que los
planificadores fiscales agresivos se aprovechen de las discordancias existentes
entre los diferentes sistemas nacionales.
El objetivo es publicar la lista definitiva de
jurisdicciones no cooperadoras para finales de 2017. Los Estados miembros ya
han dado su apoyo a este planteamiento, que también cuenta con un gran respaldo
en el Parlamento Europeo.
Pierre Moscovici, comisario de Asuntos
Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas, ha declarado: «La UE se toma
en serio sus compromisos de buena gobernanza internacional y es lógico que
esperemos lo mismo de nuestros socios internacionales. Deseamos mantener
conversaciones leales y abiertas con nuestros socios sobre las cuestiones
fiscales que nos afectan a todos en la comunidad internacional. La lista
de la UE será nuestra herramienta para tratar con terceros países que se
nieguen a jugar limpio».
¿Cómo se ha elaborado el cuadro de indicadores?
El objetivo del cuadro de indicadores de la Comisión es ayudar a los Estados miembros
a seleccionar los terceros países con los que la UE debería entablar un diálogo
sobre cuestiones de buena gobernanza fiscal. Ha sido concebido para dar un
primer impulso y contribuir a fundamentar las decisiones de los Estados
miembros sobre los países que deberían empezar a examinar.
Todos los terceros países y jurisdicciones fiscales
del mundo se han analizado para determinar el riesgo de que faciliten la
elusión fiscal. Esta evaluación previa se ha basado en una amplia gama de
indicadores neutrales y objetivos, tales como datos económicos, actividad
financiera, estructuras institucionales y jurídicas, y estándares básicos de
buena gobernanza fiscal.
Como primer paso, el cuadro de indicadores presenta
información fáctica neutral sobre cada país en función de tres indicadores:
vínculos económicos con la UE, actividad financiera y factores de estabilidad.
Los países que ocupan un lugar preeminente en esas tres categorías se examinan
luego en función de indicadores de riesgo, tales como su grado de transparencia
o su uso potencial de regímenes tributarios preferentes.
La evaluación previa no pone en tela de juicio a los
terceros países ni es una lista preliminar de la UE. Los países pueden figurar
en los primeros lugares del cuadro de indicadores por diversas razones, aun
cuando no supongan una amenaza para las bases imponibles de los Estados
miembros. Se trata de ayudar a los Estados miembros a decidir con mayor
precisión qué países examinar más detalladamente desde la perspectiva de la
buena gobernanza fiscal, lo que constituye la etapa siguiente del proceso de
creación de la lista de la UE. La UE colaborará estrechamente con la OCDE al
elaborar la lista y tendrá en cuenta la evaluación por esta organización de los
estándares de transparencia de las jurisdicciones.
Próximas etapas
La evaluación previa se presentó el 14 de septiembre a
los expertos de los Estados miembros en el Grupo «Código de Conducta»
(Fiscalidad de las Empresas). Basándose en los resultados, el Grupo «Código de
Conducta» decidirá qué jurisdicciones pertinentes deberán examinarse, lo que
habrán de ratificar los ministros de Hacienda antes de que finalice el año. El
examen de los países seleccionados debería comenzar el próximo mes de enero,
con vistas a disponer de una primera lista de la UE de jurisdicciones fiscales
no cooperadoras antes de finales de 2017.
Contexto
El nuevo proceso de elaboración de la lista de la UE
forma parte de la campaña de la Unión dirigida a reprimir la evasión y la
elusión fiscales y a fomentar una fiscalidad más equitativa, tanto en la UE
como en todo el mundo. La Comisión lo propuso en enero de 2016 en la estrategia
exterior de eficacia fiscal, que refrendaron los ministros de Hacienda de la UE
en mayo. El Parlamento Europeo también ha manifestado reiteradamente el apoyo a
la creación de esta lista de la UE.
La estrategia establece un proceso de la UE claro,
leal y objetivo para crear la lista en tres etapas:
1. Cuadro de indicadores: La Comisión elabora un cuadro de indicadores
neutral para contribuir a determinar el nivel potencial de riesgo de que el
régimen tributario de cada tercer país facilite la elusión fiscal. La Comisión
presenta los resultados del cuadro de indicadores a los expertos de los Estados
miembros del Grupo «Código de Conducta» del Consejo.
2. Examen: Basándose en los resultados
del cuadro de indicadores, los Estados miembros deciden qué países terceros se
someterán a un examen oficial de la UE. El examen de los estándares de buena
gobernanza fiscal de los terceros países lo efectuarán la Comisión y el Grupo
«Código de Conducta». Habrá un proceso de diálogo con los países de que se
trate, a fin de permitirles responder a todas las dudas planteadas o debatir
una cooperación más estrecha con la UE en materia fiscal.
3. Creación de una lista: Una vez
completado el proceso de examen, los terceros países que se hayan negado a
cooperar o a dialogar con la UE sobre cuestiones de buena gobernanza fiscal
deberían figurar en la lista de la UE.
La lista común de la UE se ha concebido como una
opción de «último recurso». Su propósito es servir de instrumento para tratar
con terceros países que se nieguen a observar los principios de buena
gobernanza fiscal después de que hayan fracasado todas las demás tentativas de
dialogar con ellos al respecto.
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