Letras chiquitas en la declaración
8:35Letras chiquitas en la declaración
En tu declaración anual considera aspectos clave como que no se te
devolverá ISR por el pago del colegio de tus hijos si la escuela no
está registrada en el SAT, ni te deducirán facturas médicas pagadas con
efectivo.
Las personas físicas y asalariadas tienen el derecho de deducir gastos personales para la declaración anual de 2015, pero para que las deducciones por tus gastos personales apliquen, no olvides estos consideraciones.
Las deducciones por el pago de colegiaturas no se contabilizan dentro del límite a las deducciones, pues se consideran un incentivo.
Aunque
es muy importante que las instituciones educativas estén en la lista de
escuelas autorizadas por el SAT o las deducciones no aplicarán, indicó
Claudia Covarrubias, administradora central de Servicios Tributarios al
Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Recuerda que puedes deducir sólo los montos catalogados por el SAT de
acuerdo al nivel escolar. Para preescolar 14 mil 200 pesos; primaria 12
mil 900 pesos; secundaria 19 mil 900 pesos; profesional técnico 17 mil
100 pesos y bachillerato o su equivalente, 24 mil 500 pesos.
Los límites son para cada estudiante y sólo pueden ser deducibles para
la educación del mismo contribuyente, cónyuge o hijos. Toma en cuenta
que las inscripciones o reinscripciones no son deducibles.
Recuerda
que para la deducción de gastos médicos o dentales, los pagos deben ser
con medios electrónicos, por ejemplo transferencias electrónicas,
tarjetas de crédito y débito.
Es importante que el pago de estos servicios sea con la tarjeta del
contribuyente, pues no aplica si fueron pagados con la tarjeta de
alguien ajeno, explicó Covarrubias.
De hecho, de todos los gastos personales que puedes deducir, sólo los donativos a instituciones autorizadas por el SAT y el pago por servicios funerarios pueden ser pagados en efectivo.
Todos
los demás: lentes ópticos graduados hasta por 2 mil 500 pesos,
colegiaturas, transporte escolar, intereses reales pagados por créditos
hipotecarios para casa habitación, aportaciones complementarias de
retiro para planes personales e impuestos locales por salarios deben ser
pagados con cheque, transferencia electrónica, tarjeta de crédito,
débito o de servicios.
En la factura viene el detalle sobre el
modo de pago y esto lo coteja la autoridad. Si fue pagado en efectivo,
la deducción no procederá, aunque se haya expedido factura electrónica.
Recuerda que las deducciones
no deberán rebasar lo que resulte menor al 10 por ciento del salario
anual o al equivalente a cuatro salarios mínimos anuales (98 mil pesos).
Fuente: El Financiero
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