Ajuste a la posible 5ta modificación a la RMISC 2015 - BUEN FIN
7:45Ajuste a la posible 5ta modificación a la RMISC 2015
Este anteproyecto modifica los requisitos para operar como PAC y define las bases para el sorteo de `El Buen Fin´
El SAT dio a
conocer en su portal de Internet otro ajuste al anteproyecto de lo que pretende
ser la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMISC 2015.
Este documento,
respecto del anterior, contiene cambios a los requisitos para operar como
proveedores de certificación de CFDI (PAC’s) y los lineamientos para la
aplicación del estímulo vinculado con los premios que se otorgarán en el buen
fin.
Exigencias para los PAC’s
Se incorporarían a
los organismos descentralizados que no tributen en el Título II de la LISR,
como sujetos que pueden obtener la autorización para operar como PAC’s.
Se prevé que una
vez obtenida la autorización para ser un PAC se enviaría la garantía respectiva
mediante un caso de “servicio o aviso” en el sitio web del SAT (regla 2.7.2.1.).
Bases para el buen fin
Las condiciones
para llevar a cabo el sorteo se publicarían en el link: www.sat.gob.mx/sorteoelbuenfin (11.11.1.).
En la regla
11.11.2. se señala que los datos que las entidades facilitarían al SAT a más
tardar el 24 de noviembre de 2015 serían:
- número identificador de la entidad participante emisora de la tarjeta respectiva
- fecha de la transacción, realizada por el tarjetahabiente persona física en formato DDMMAA
- número de la tarjeta del tarjetahabiente a 16 dígitos
- importe total de la transacción expresado en pesos hasta dos decimales
- dígito de autorización de la venta, y
- cifra generada por el punto de venta o las últimas 12 posiciones de la referencia de las 23 posiciones.
Además de la información anterior, las entidades participantes exhibirían en relación con los premios transmitidos a más tardar el 23 de diciembre de 2015 lo siguiente, de acuerdo con la regla 11.11.3:
- importe del premio efectivamente entregado expresado en pesos hasta dos decimales
- número de referencia de 23 posiciones del estado de cuenta, y
- código de aplicación del premio.
Impuestos locales
Las entidades
financieras y comerciales entregarían a la autoridad hacendaria el monto total
de los premios concedidos en cada estado, con motivo de las tarjetas ganadoras
domiciliadas en cada uno; mientras que los estados manifestarían estar de
acuerdo con la aplicación del procedimiento de compensación permanente de
fondos (regla 11.11.4.).
La SHCP informaría
a las entidades federativas el importe de los premios pagados en cada una de
ellas para que éstas determinen los impuestos locales respectivos, así como a
los municipios correspondientes, para que soliciten a la Federación que les sea
cubierto vía compensación permanente de fondos (regla 11.11.5.).
Aprovechamientos por premios no cobrados
Los premios que por
causas ajenas a las entidades, no pudieran ser entregados a sus
tarjetahabientes, se reintegrarían como un pago de aprovechamientos a la
Secretaría de Gobernación mediante el procedimiento que indique el SAT en su
página de Internet (regla 11.11.6.).
Acreditamiento del estímulo
Las entidades
financieras acreditarían el estímulo contra los pagos provisionales o
definitivos del ISR propio o retenido a enterarse en enero de 2016 y
subsecuentes, utilizando en la declaración el rubro “Acreditamiento Sorteo de
El Buen Fin”(regla 11.11.7.).
El acreditamiento
se efectuaría una vez que las entidades proporcionen en su totalidad la
información descrita, así como el pago de los aprovechamientos.
Manifestación para participar en el concurso
Los entes
interesados en participar en el sorteo expresarían en “Mi Portal”/Servicios por
Internet/Servicio su voluntad de hacerlo y sujetarse a las bases para el mismo
(regla 11.11.8.).
FUENTE: IDC Online
PASTOR, María de Lourdes. 11 de Mayo de 2015. IDC Online. Fiscal [en línea]. [Consultado
el: 06 de Noviembre de 2015]. Ajuste a la posible 5ta modificación a la RMISC
2015. Disponible en: < http://www.idconline.com.mx/fiscal/2015/11/05/ajuste-a-la-posible-5ta-modificacin-a-la-rmisc-2015
>
0 comentarios